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A principios del año 2001, la Dirección Nacional de
Políticas, Coordinación y Desarrollo Hídrico
puso en marcha un programa denominado “Principios Rectores
de Política Hídrica”, con el objetivo de facilitar
y mejorar las relaciones entre las provincias y entre éstas
y la Nación, en el ámbito de la gestión hídrica.
La definición de la Política Hídrica es una
de las funciones principales de la Subsecretaría de Recursos
Hídricos y la citada Dirección Nacional (actualmente
denominada Dirección Nacional de Conservación y Protección
de los Recursos Hídricos) es responsable de generar e implementar
iniciativas relacionadas con la Política Hídrica (Decreto
Nº 1142 del 26 de noviembre de 2003
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La
estructura federal del Estado Argentino se basa en la atribución
de competencias del art. 121 de la Constitución Nacional,
según el cual las provincias conservan todo el poder no delegado
al Estado Nacional por la misma Constitución Nacional, en
su art. 126. Existen también poderes concurrentes, cuyo ejercicio
corresponde indistinta y simultáneamente a los ordenes nacional
y provincial (arts. 125 y 75 inc. 18 de la Constitución Nacional).
Luego de la enmienda constitucional de 1994, quedó establecido
expresamente que corresponde a las provincias el dominio originario
de sus recursos naturales, entre ellos el agua. En consecuencia,
todas las aguas públicas son de dominio provincial y las
provincias ejercen la jurisdicción sobre ellas, con excepción
de la navegación, el comercio internacional o interprovincial
y las relaciones internacionales, campos en los que rige la jurisdicción
nacional. La coordinación en el manejo de los ríos
interprovinciales se debe reglar mediante tratados (art. 125 CN.).
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En
uso de los poderes concurrentes entre la Nación y las provincias,
la primera puede actuar para promover el desarrollo de los recursos
hídricos, en la tesitura de que no se trata de hacer prevalecer
los superiores intereses del Estado sino de aplicar los principios
de cooperación y concertación.
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Por
cómo se presenta el agua en la naturaleza y por la estructura
federal del Estado Argentino la gestión hídrica requiere,
como mínimo, la coordinación de las acciones de numerosos
individuos y organizaciones independientes. Como objetivo de máxima,
la gestión hídrica procura impulsar la cooperación
entre los decisores independientes cuyas acciones modifican cuándo,
cómo y dónde estará presente el agua, tanto
para identificar soluciones técnicamente viables que sean
beneficiosas para todas las partes, en cada situación que
requiera coordinación, como par evitar que los posibles desacuerdos
se conviertan en conflictos en los que todos pueden resultar perdedores.
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La
organización federal de nuestro país no permite a
la Nación intervenir en las relaciones entre las provincias,
salvo en situaciones extremas. Por otro lado, como la cooperación
sólo alcanza resultados significativos cuando es voluntaria,
tampoco se la puede imponer. En consecuencia, la Política
Hídrica Nacional asigna un papel principal a la promoción
de la coordinación y la cooperación.
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La
manera más directa de promover la coordinación y la
cooperación, es fomentar la creación de organizaciones
de cuenca, en las que se puedan tomar decisiones con visión
de conjunto y sobre la base de procedimientos que faciliten la participación.
Sin embargo, como la falta de una cosmovisión compartida
dificulta la labor de dichos comités y de otros mecanismos
de gestión similares, se concibió la iniciativa de
promover un debate, en las provincias y entre las provincias, sobre
los principios que deben orientar la política hídrica
–y por ende la gestión hídrica, que está
principalmente en manos de organismos provinciales- con el fin de
procurar un consenso.
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La
metodología utilizada, “de abajo hacia arriba”,
procuró que el consenso se lograra a partir de documentos
generados en las provincias, con el fin de que los organismos provinciales
sintieran que las ideas eran suyas y no impuestas desde un nivel
central. Se basó en la realización de talleres en
cada provincia -22 en total- y de talleres regionales –con
cinco grupos de provincias- a los que se convocó a integrantes
de las autoridades hídricas provinciales y a miembros de
otros sectores que participan o son afectados por la gestión
del recurso hídrico y del ambiente (ONGs, usuarios, ámbitos
académicos, asociaciones de productores o empresas, municipios,
fuerzas vivas, etc).
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Como
resultado de los talleres, en los que intervinieron mas de 3 mil
participantes que aportaron sus conocimientos y experiencia, se
sucedieron distintos borradores de un documento sobre los Principios
Rectores de la Política Hídrica (PRPH), hasta concluir
en un documento preliminar que fue suscripto por 23 provincias en
el "Primer Encuentro Nacional de Política Hídrica",
celebrado en diciembre del 2002, en el que participaron autoridades
nacionales y provinciales con competencia en la materia. En dicho
encuentro, representantes de los organismos del área hídrica
de las mismas provincias y de la Nación firmaron un acuerdo
para la creación de un Consejo Hídrico.
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Después
de la conformación del Consejo Hídrico Federal, integrado
por las autoridades hídricas de las provincias y la Subsecretaría
de Recursos Hídricos de la Nación (SSRH), se encaró
en ese Consejo la última etapa de revisión del documento
sobre los PRPH, dirigida principalmente a precisar la terminología
y unificar el estilo de redacción. El documento final titulado
"Principios Rectores de Política Hídrica de la
República Argentina" fue suscripto el 17 de setiembre
de 2003 por representantes de las áreas hídricas de
23 provincias y por el Director Nacional de Políticas, Coordinación
y Desarrollo Hídrico de la SSRH.
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El
trabajo, realizado mediante una metodología ampliamente participativa
y que permitió la concertación en un marco federal,
abarca lineamientos de política que integran los aspectos
socioeconómicos y ambientales al establecer los objetivos
de la gestión del recurso hídrico. Tal integración
es reflejada en el objetivo de lograr una gestión racional,
equitativa y sustentable del agua, en el orden nacional.
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La
finalidad de los principios rectores gestados mediante un trabajo
conjunto entre la Nación y las provincias, que respetó
las raíces históricas de cada jurisdicción
y concilió los intereses locales, regionales y nacionales,
es dotar al país de una política pública explícita
que tenga el rango de política de estado, en el sentido de
estar basada en un consenso que asegura su continuidad. Tal objetivo
fue planteado desde la creación del área Recursos
Hídricos en los niveles nacional y provincial, hace treinta
y cinco años.
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El Consejo Hídrico Federal creado en diciembre del 2002,
fue el resultado de un acuerdo sobre la conveniencia y necesidad
que entre las provincias y la Nación exista una instancia
federal, en la que los puntos de vista de las provincias sean expresados
por quienes tienen en ellas la responsabilidad directa de la gestión
hídrica. En el momento de su constitución, se conformó
una comisión ad-hoc para elaborar los trámites preliminares
para su creación formal y su puesta en funcionamiento. La
primera tarea asumida fue la elaboración, siempre sobre la
base del consenso, del documento final sobre los Principios Rectores.
Al margen del nivel técnico y de la profundidad de los temas
abordados, el principal valor de este documento es que compromete
a las provincias –que lo elaboraron- en cuestiones que son
de gran importancia en el momento de abordar los complejos problemas
que enfrenta la gestión hídrica.
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Con
fecha 27 de marzo de 2003 y en cumplimiento del Acta Acuerdo antes
referida, se constituyó formalmente el Consejo, mediante
el Acta. En el Acta constan las provincias firmantes y el compromiso
de las mismas de impulsar los procedimientos que sean necesarios,
en sus respectivas jurisdicciones, para lograr las ratificaciones
de las autoridades pertinentes en cada jurisdicción.
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En
ese mismo acto se suscribió una primera versión de
la Carta Orgánica del Consejo. El texto definitivo de la
Carta Orgánica fue aprobado en Asamblea Extraordinaria de
fecha 15 de abril de 2004. Se adjunta un listado que resume el grado
de avance de las ratificaciones en las provincias.
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Desde
el punto de vista de la SSRH, la creación del COHIFE puede
representar un avance tan importante como el acuerdo sobre los PRPH,
porque facilita el intercambio de ideas y experiencias entre provincias
que no son parte de la misma cuenca, lo cual les brinda una perspectiva
más amplia y también más afín con la
que tienen los organismos nacionales. Adicionalmente les ayuda a
percibir que muchos problemas –y sus posibles soluciones-
son comunes a todas las cuencas.
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Un
cuerpo colegiado integrado por especialistas en la gestión
hídrica puede facilitar la coordinación entre las
políticas y las acciones acometidas por la Nación
y las provincias, así como someter al Honorable Congreso
de la Nación iniciativas y opiniones apoyadas en un conocimiento
técnico especializado potenciado por una visión de
conjunto. Por estas razones, la SSRH espera que el COHIFE contribuirá
de manera significativa a la coherencia en la formulación
e implementación de la Política Hídrica Nacional
y de las políticas hídricas provinciales.
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Este
proceso, retoma el camino experimentado con éxito en la década
del 60, cuando se formalizaron acuerdos interjurisdiccionales alentados
por la administración nacional de los recursos hídricos.
Los ejemplos más significativos son: el acuerdo para la distribución
de los caudales del río Colorado entre cinco provincias,
(base de creación del COIRCO), el tratado entre Córdoba,
Santiago del Estero y Tucumán para el aprovechamiento del
río Salí Dulce y el Consejo Nacional Asesor del Agua,
que en la práctica no llego a implementarse pero que constituye
un antecedente mediato del actual Consejo Hídrico Federal.
Este nuevo proceso, partiendo de las lecciones aprendidas tanto
a partir de los éxitos como de los fracasos anteriores, demandó
una ardua tarea en la construcción de consenso, que reveló
la existencia de un acuerdo de base sobre la importancia de avanzar
en la definición de una política de estado para los
recursos hídricos del país.
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